Micelio

Artículo 3

Ley 10 de 1923 · Por la cual se hace cesión al Municipio de Charalá de una propiedad nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de que el Municipio de Charalá establezca algún derecho de transito por el puente de que trata esta Ley, su producto total se empleara en la conservación del mismo y en la mejora y sostenimiento de la vía respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 10 de 1923