Micelio

Artículo 3

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Tercero

Decreto 609 de 1955 · Por el cual se dictan algunas providencias en defensa de la salud moral y mental de los niños colombianos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo tercero. La solicitud de matrícula deberá hacerse presentando los tres (3) últimos números de la Pública cien, y depositando copias periódicas de ella en el Ministerio de Educación, una vez concedida la autorización de expendio. Los importadores y distribuidores al por mayor deberán prestar una caución en virtud de la cual quedan obligados a retirar inmediatamente de la circulación la Pública cien o revista, si su calidad decae según lo establecido en el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 609 de 1955