El Ministerio de Trabajo y Seguridad _Social ejercerá el control y la vigilancia sobre el funcionamiento de las organizaciones de pensionados que funcionen en el país.
Decreto 732 de 1976 →Vigente
Artículo 10
El Ministerio De Trabajo Y Seguridad _social Ejercerá El Control Y La Vigilancia Sobre El Funcionamiento De Las Organizaciones De Pensionados Que Funcionen En El País
Decreto 732 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 4° de 1976
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.