Micelio

Artículo 3

El Personal De Reservistas Contemplado Anteriormente E Inscrito Por El Estado Mayor General Será Escalafonado Y, Por Consiguiente, Quedará Incorporado A Las Fuerzas Militares, En Su Especialidad, Y Sujeto A Concurrir A Las Convocatorias De Llamamiento Al Servicio Que Determine El Gobierno

Decreto 2170 de 1948 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA EXPEDICION DE CERTIFICADOS DE RESERVISTAS A LOS RADIOAFICIONADOS Y RADIOTECNICOS Y SE DICTAN OTRAS MEDIDAS.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El personal de reservistas contemplado anteriormente e inscrito por el Estado Mayor General será escalafonado y, por consiguiente, quedará incorporado a las Fuerzas Militares, en su especialidad, y sujeto a concurrir a las convocatorias de llamamiento al servicio que determine el Gobierno.

Parágrafo 1

Ningún reservista inscrito y escalafonado podrá cambiar de domicilio o lugar de trabajo sin previo permiso el Estado Mayor General.

Parágrafo 2

La contravención al mandato anterior, traerá como consecuencia la pérdida de la licencia hasta por cinco (5) años, conforme lo determine el Ministerio de Correos y Telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2170 de 1948