Micelio

Artículo 2

º El Artículo 4º Del Decreto 2396 De 1954, Quedará Así: "artículo 4º La Convocatoria Para Cualquier Reunión Del Consejo Se Hará Por Conducto Del Canciller De La Orden

Decreto 2143 de 1986 · Por el cual se modifica el Decreto 2396 de 1954

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 4º del Decreto 2396 de 1954, quedará así: "Artículo 4º La convocatoria para cualquier reunión del Consejo se hará por conducto del Canciller de la Orden. Excepcionalmente, en caso de no ser posible la reunión del Consejo, el Gran Maestre podrá tomar las determinaciones que considere necesarias, las cuales deberán ser comunicadas al Consejo".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2143 de 1986