Estudios de soporte. Los entes territoriales o administrativos, autoridades de transporte competentes, las empresas públicas o quienes estén interesados en implementar un proyecto de transporte masivo de pasajeros por metro ligero, tren ligero, tranvía y tren-tram bajo la modalidad de una asociación público privada, para cuya financiación aspiren a acceder a recursos de la Nación, deben presentar al Ministerio de Transporte los respectivos estudios técnicos de soporte, que contendrán:
Ubicación geográfica.
Zona de influencia.
Infraestructura en la que se pretende prestar el servicio.
Modelo de integración técnico, legal y financiero con el Sistema de Transporte masivo de pasajeros, en concordancia con la normatividad y política pública nacional, los Planes Maestros de Movilidad y los Planes de Ordenamiento Territorial.
Análisis de la demanda de viajeros y proyección a 30 años.
Sistema tecnológico y descripción del material rodante y el control de tránsito.
Análisis de costo de inversión y financiación.
Presupuesto de ejecución de obras y equipos.
Costos de operación.
Factibilidad del proyecto y sostenibilidad.
Análisis de aspectos ambientales, sociales y factibilidad ambiental y propuestas de mitigación a los problemas ambientales.
Análisis de seguridad de equipos y protección de usuarios.
Indicadores del sistema tarifario.
Sistema de recaudo y soporte tecnológico.
Ficha de Estadísticas Básicas de Inversión (EBI) establecida por el Departamento Nacional de Planeación, debidamente diligenciada.
Análisis de información secundaria hidrológica, hidráulica, de drenaje y de socavación.
Identificación preliminar de cantidades y tipos de alcantarillas (tubo o cajón) y pontones del corredor.
Caracterización del terreno a partir de información geológica existente.
Análisis de información secundaria geológica y geotécnica con investigaciones a escala 1:100.000.
Identificación de zonas con problemas de estabilidad, deslizamientos y fallas en el corredor propuesto.
Identificación de fuentes potenciales de materiales y de zonas de botadero, y volúmenes probables.
Propuesta de índice de estado o estándar mínimo en el cual se debe mantener la vía.
Con información catastral del IGAC, identificación a nivel general de la distribución predial.
Identificación de usos del suelo, tipología de predios y valores de referencia.
Diseño de instalaciones fijas (estaciones, talleres y edificios) incluyendo capacidad y ubicación.
Modelo operacional en que se basará la movilización de los equipos rodantes identificados.
Tiempos de marcha y ciclos de rotación.
Organización y plan de mantenimiento del material rodante.
Organización y plan de mantenimiento de la infraestructura.
Identificación y descripción de las fuentes de retribución con las cuales contará el proyecto.
Estimación inicial de los ingresos operacionales.
Los entes territoriales o administrativos, autoridades de transporte competentes, las empresas públicas o los esquemas de asociaciones público privadas que no requieran de recursos de la Nación para la financiación de los proyectos, deberán adjuntar un resumen ejecutivo de los requisitos señalados en el presente artículo, acreditando la realización de los mismos. En los casos en que no se requieran recursos de la Nación, el Ministerio de Transporte conceptuará sobre la viabilidad técnica del proyecto.
El Ministerio de Transporte conceptuará sobre la viabilidad técnica y financiera de los proyectos presentados cuando los mismos tengan aportes del Gobierno Nacional.
(Decreto 1008 de 2015, artículo 8°).