Micelio

Artículo 3

Para Los Efectos Del Artículo 14 Numeral 1º Literal I), De La Ley 2 º De 1976, Las Sociedades Anónimas O Asimiladas, Deberán Remitir A La Superintendencia De Sociedades, Dentro De Los Dos Primeros Meses De Cada Año, Un Balance Certificado Correspondiente Al Corte De Cuentas Del Año Calendario Inmediatamente Anterior

Decreto 3507 de 1981 · Por el cual se reglamenta las Leyes 19 y 2° de 1976,54 de 1977 y 20 de 1979 y los Decretos Legislativos 2053 y 2348 de 1974

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos del artículo 14 numeral 1º literal i), de la Ley 2 º de 1976, las sociedades anónimas o asimiladas, deberán remitir a la Superintendencia de Sociedades, dentro de los dos primeros meses de cada año, un balance certificado correspondiente al corte de cuentas del año calendario inmediatamente anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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