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Artículo 4

Oficina De Control Interno

Decreto 654 de 2024 · por el cual se modifica la estructura del Fondo Nacional de Garantías S.A. (FNG) y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes

1.

Asesorar y apoyar al Presidente del FNG en la definición de políticas referidas al diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios en las diferentes áreas del FNG.

2.

Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del Sistema de Control Interno (SCI) a partir de la elaboración y cumplimiento del plan anual de au­ditoría basado en riesgos y alineado al logro de los objetivos estratégicos de la organización.

3.

Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

4.

Someter a consideración del Comité de Auditoría el plan anual de auditoría, al igual que el presupuesto de funcionamiento del área de auditoría interna, ga­rantizando que los recursos del área sean apropiados, suficientes y eficazmente asignados para cumplir con el plan aprobado.

5.

Mantener permanentemente informados a los miembros de la Junta, los direc­tivos del FNG y al Comité de Auditoría acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

6.

Coordinar y ejecutar los trabajos de auditoría especiales que considere pertinen­tes y aquellos que le solicite la Junta Directiva y la Alta Dirección, dentro del ámbito de su competencia.

7.

Atender oportunamente las peticiones y solicitudes de informes relacionados con el control interno, efectuadas por la Presidencia de la República, el Departamen­to Administrativo de la Función Pública y los organismos de control.

8.

Verificar que las auditorías sean eficaces y se asegure la confiabilidad y oportu­nidad de los reportes a entes de control.

9.

Apoyar a las Vicepresidencias en la identificación y prevención de los riesgos.

10.

Fomentar en la organización la formación de una cultura de autocontrol que con­tribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

11.

Contribuir a la mejora de los procesos, de la gestión de riesgos, de control y de gobierno del FNG, utilizando un enfoque sistemático, disciplinado y basado en riesgos.

12.

Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros estable­cidos en las disposiciones de procedimiento y control fiscal, para el movimiento de FNG, valores y bienes del FNG.

13.

Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la Entidad y vigilar la correcta inversión de los recursos, e informar al Presidente cuando se presenten irregularidades.

14.

Poner en conocimiento de los organismos competentes, la comisión de hechos presuntamente irregulares que conozca en desarrollo de sus funciones.

15.

Velar por que los servicios que presta la Entidad se desarrollen de conformidad con las normas legales vigentes.

16.

Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana que, en desarrollo del mandato Constitucional y legal diseñe el FNG.

17.

Velar por que las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con la misión de la institución, sean atendidas oportuna y eficientemente, y rendir a la administración del FNG un informe semestral sobre el particular.

18.

Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno na­cional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficacia en la gestión.

19.

Evaluar el procese; de planeación estratégica, analizando objetivamente las va­riables y factores que se consideren influyentes en los resultados propuestos y logrados.

20.

Asesorar a las diferentes dependencias del FNG en el diseño y establecimiento de los criterios, métodos, procedimientos, e indicadores de eficiencia y produc­tividad para evaluar la gestión y proponer las medidas preventivas y correctivas del caso.

21.

Participar en el proceso de identificación, medición y control de riesgos, relacio­nados con los procesos que se desarrollan en la Oficina.

22.

Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los Estatutos Sociales, los re­glamentos, normas y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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