Los músicos llevarán como distintivo, sobre el uniforme de tropa ya indicado, una hombrera del color del distintivo del arma, con galones de lana amarillos. Las cornetas y tambores, la misma hombrera con galones de lana blancos; el Jefe de Banda y el Tambor Mayor llevarán, respectivamente, galones de oro ó de plata y rapacejo del mismo metal.
Decreto 754 de 1910 →Vigente
Artículo 33
Los Músicos Llevarán Como Distintivo, Sobre El Uniforme De Tropa Ya Indicado, Una Hombrera Del Color Del Distintivo Del Arma, Con Galones De Lana Amarillos
Decreto 754 de 1910 · Sobre reglamento de uniformes para el Ejército de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.