De las funciones de las Comisiones de Personal. Corresponde a las Comisiones de Personal asesorar en materia de administración de personal de los funcionarios de Seguridad Social del Instituto al Director General o Gerente Seccional, cuando estos se lo soliciten, según el caso. Igualmente deben conceptuar sobre las sanciones disciplinarias cuando el empleado haya incurrido en hechos que impliquen destitución. El concepto de la Comisión de Personal deberá ser motivado y en ningún caso obliga al Director o al Gerente.
Decreto 1026 de 1983 →Vigente
Artículo 27
Decreto 1026 de 1983 · Por el cual se reglamenta la elección de los representantes de los funcionarios de Seguridad Social en las Comisiones de Personal del Instituto de Seguros Sociales y se dictan medidas sobre su funcionamiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.