No obstante la disposiciones de esta ley el poder ejecutivo queda autorizado para desarrollar la campaña anti leprosa de acuerdo con el Departamento Nacional de Higiene, dentro de los recursos fiscales de que disponga para ese efecto sin perjuicio de que pueda suspender la ejecución de aquellas obras que a juicio de Poder Ejecutivo, no sea posible realizar con los recursos mencionados o cuando las partidas a apropiadas en el presupuesto se reduzcan por el Gobierno en uso de las autorizaciones extraordinarias de que esta investido.
Ley 32 de 1932 →Vigente
Artículo 17
Ley 32 de 1932 · Por la cual se dictan algunas medidas relativas a la lucha contra la lepra y se adoptan otras disposiciones en el ramo de higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.