Micelio

Artículo 3

Decreto 623 de 1909 · Reorgánico de las Administraciones de Hacienda Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Cada Circuito de Hacienda estará constituido por los Municipios que forman los Departamentos respectivos, salvo lo dispuesto en el

Parágrafo

siguiente:

Parágrafo

El Circuito de Facatativá se compondrá de los Municipios que forman las provincias que constituyen este Departamento y los de las Provincias de La Mesa y Girardot. El Circuito de Honda se compondrá de los Municipios que forman las actuales Provincias de Ambalema, Líbano y Honda. El de Chiquinquirá de compondrá de los Municipios que constituyen las actuales Provincias de Chiquinquirá y Moniquirá. El de Pamplona, de los Municipios que componen actualmente la Provincia del mismo nombre. El de Villavicencio comprenderá las poblaciones que forman la Jefatura Civil y Militar del Meta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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