º. Las mencionadas solicitudes de registro y el cuadro o formulario contentivo de los datos e informes pedidos, deberán presentarse separadamente para cada inversionista o titular del capital extranjero.
Decreto 587 de 1951 →Vigente
Artículo 2
Las Mencionadas Solicitudes De Registro Y El Cuadro O Formulario Contentivo De Los Datos E Informes Pedidos, Deberán Presentarse Separadamente Para Cada Inversionista O Titular Del Capital Extranjero
Decreto 587 de 1951 · Reglamentario del decreto número 545 de 1951, referente al censo de capitales extranjeros reembolsables
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.