Micelio

Artículo 2

Los Empleados Públicos Que Ostenten Derechos De Carrera Administrativa A Quienes Se Les Suprima El Cargo Como Consecuencia De Los Dispuesto En El Artículo 1º Del Presente Decreto, Podrán Optar Entre Ser Indemnizados O Ser Incorporados A Empleos De Carrera Equivalentes, Conforme A Lo Consagrado En La Ley 443 De 1998 Y Demás Disposiciones Que La Reglamenten, Modifiquen O Adicionen

Decreto 2110 de 2003 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los empleados públicos que ostenten derechos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de los dispuesto en el artículo 1º del presente decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o adicionen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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