Artículo tercero. Con excepción de las Universidades, los exámenes que se verifiquen en fechas anteriores a las señaladas en el artículo 1° del presente Decreto, sin autorización previa del Ministerio de educación, serán considerados por éste como nulas.
Decreto 3666 de 1954 →Vigente
Artículo 3
Del Presente Decreto, Sin Autorización Previa Del Ministerio De Educación, Serán Considerados Por Éste Como Nulas
Decreto 3666 de 1954 · Por el cual señalan los períodos de estudios, de exámentes y de vacaciones en los establecimientos educativos del país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.