Pasajes para familiares por comisión menor de noventa (90) días. Cuando se trate de comisiones individuales al exterior menores de noventa (90) días será potestativo del Ministerio de Defensa, autorizar pasajes para la esposa e hijos legítimos del Oficial o Suboficial. En las comisiones dentro del país esta facultad corresponderá al Director General de la Policía.
Decreto 2338 de 1971 →Vigente
Artículo 74
Pasajes Para Familiares Por Comisión Menor De Noventa (90) Días
Decreto 2338 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.