Micelio

Artículo 4

El Depatamento Administrativo De Intendencias Y Comisarias, Dainco, Elaborará Conjuntamente Con Éstas Sus Planes Y Programas De Obras Públicas Y De Desarollo Económico Y Social Para La Utilización De Los Recursos De La Participación En El Impuesto A Las Ventas De Que Trata Este Decreto, Pudiéndose Asignar Hasta Un 20% Veinte Por Ciento Al Año Para Gastos De Funcionamiento

Decreto 232 de 1983 · Por el cual se redistribuye la participación en el Impuesto a las Ventas y se dictan otras disposiciones,

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4º El Depatamento Administrativo de Intendencias y Comisarias, DAINCO, elaborará conjuntamente con éstas sus planes y programas de obras públicas y de desarollo económico y social para la utilización de los recursos de la participación en el impuesto a las ventas de que trata este Decreto, pudiéndose asignar hasta un 20% veinte por ciento al año para gastos de funcionamiento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 232 de 1983