Art. 313. Para ser admitido ó optar el diploma de Ingeniero de Minas, deberá dirigir al Director un memorial que contenga: 1º La solicitud del curso en que pida se le señale día para presentar el correspondiente examen; 2º La comprobación de haber ganado en la Escuela ó habilitado en ellas todos los cursos exigidos respectivamente para optar aquél.
Decreto 1238 de 1892 →Vigente
Artículo 313
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.