Micelio

Artículo 3

El Concejotendráel Siguiente Personal Subalterno, Nombrado Por El Gobierno Nacional: Un Secretario Con Un Sueldo Mensual De $ 1

Decreto 394 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones reorgánicas del Consejo Nacional de Petróleos y de carácter económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Concejotendráel siguiente personal subalterno, nombrado por el Gobierno Nacional: Un Secretario con un sueldo mensual de $ 1.200.00. Una Secretaria Auxiliar Mecanotaquígrafa con una asignación de $ 450.00 mensuales. El Secretario tendrá a su cargo además de las funciones propias de su empleo, la organización y funcionamiento de los servicios de estadística e investigaciones y demás que le asigne el Concejo o el Ministro de Minas y Petróleos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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