Micelio

Artículo 65

Decreto 1481 de 1989 · Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de os fondos de empleados

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ACTOS SANCIONABLES DE LOS DIRECTIVOS, EMPLEADOS Y LIQUIDADORES. El Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas sancionará a los miembros de los órganos de administración y vigilancia, a los empleados y a los liquidadores de los fondos de empleados por las infracciones que les sean personalmente imputables, que se enumeran a continuación

1.

Utilizar el fondo de empleados o su denominación para beneficio indebido, propio, de otros asociados, entidades patronales o terceros, o para realizar o encubrir actividades contrarias a sus características o no permitidas a los fondos de empleados.

2.

Repartir entre los asociados las reservas, auxilios o donaciones de carácter patrimonial.

3.

No destinar los excedentes a los fines y en la proporción previstos en este Decreto, los estatutos y los reglamentos.

4.

Adulterar las cifras consignadas en los balances.

5.

Aplicar políticas discriminatorias para el ingreso de asociados, admitir como asociados a personas que no reúnan el vínculo común establecido, o impedir el retiro voluntario de quienes reúnan los requisitos para el efecto.

6.

Ser renuente a los actos de inspección y vigilancia o incumplir las instrucciones impartidas por el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas.

7.

Realizar actos de disposición excediendo las facultades establecidas por la ley, los estatutos o reglamentos, u omitir el cumplimiento de sus funciones.

8.

Desarrollar actividades que desvíen o excedan el objeto social del fondo de empleados.

9.

No presentar oportunamente a la asamblea general los informes, balances y estados financieros que deban ser sometidos a su examen o aprobación.

10.

No convocar a la asamblea general en el tiempo y la forma previstos en este Decreto y en los estatutos.

11.

No observar las formalidades previstas en la ley y en los estatutos para la liquidación del fondo de empleados.

12.

Las derivadas del incumplimiento de los deberes y funciones establecidos en la ley, en los estatutos y reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1481 de 1989