Micelio

Artículo 4

Para El

Decreto 996 de 1934 · Por el cual se dictan unas disposiciones relacionadas con los Oficiales de Sanidad, Odontólogos y Veterinarios del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para el .retiro de los Oficiales de Sanidad se aplicarán las disposiciones pertinentes de la Ley 71 de 1915, de la Ley 75 de 1925 y de las leyes y decretos que las reforman y reglamentan.

Parágrafo

Los Oficiales de Sanidad tienen derecho al sueldo de retiro en la misma forma y condiciones que los Oficiales de Guerra, por tiempo de servicio, previa consignación en la Caja de Sueldos de Retiro de Oficiales del valor de las cuotas del 3 y 4 por 100 de los sueldos devengados desde la vigencia de la Ley 75 de 1925, y en la forma y plazos que señala el Decreto, número 1386 de 1932.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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