Micelio

Artículo 5

Ley 87 de 1961 · Sobre pensiones de jubilación e invalidez y otras prestaciones en el ramo de la Educación Pública Oficial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para dar cumplimiento a la presente Ley, en los Presupuestos de las vigencias subsiguientes se incluirán las partidas indispensables, y si no se hiciere, el Gobierno abrirá los créditos o hará los traslados del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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