Micelio

Artículo 193

Efectos De Las Providencias Apeladas

Ley 600 de 2000 · Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.Vigente Parcial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de lo señalado en otras disposiciones de este código, los recursos de apelación se concederán en los siguientes efectos:

a)

En el suspensivo la sentencia y las siguientes providencias:

1.

La que corrige el error aritmético en la sentencia.

2.

La que decreta nulidad en la etapa de juzgamiento.

3.

La que ordena la preclusión de la investigación o la cesación de procedimiento, cuando comprenda todas las conductas punibles y a todos los autores y partícipes.

4.

La resolución inhibitoria.

5.

La que califica la investigación.

6.

La proferida con posterioridad a la decisión ejecutoriada que haya puesto fin a la actuación procesal.

b)

En el diferido:

1.

La que deniegue la admisión o práctica de alguna prueba solicitada oportunamente.

2.

La que ordena la preclusión de la investigación o la cesación de procedimiento, cuando no comprendan todas las conductas punibles investigadas, ni a todos los autores o partícipes.

3.

La que ordene desembargo de bienes o reducción del embargo, a menos que esté comprendido en providencia cuya apelación deba surtirse en el efecto suspensivo.

4.

La que disponga la entrega de bienes a una de las partes o a terceros, cuando haya oposición o las partes sustenten pretensiones diferentes sobre ellos.

5.

La que revoque la providencia admisoria de la parte civil, y

c)

En el devolutivo:

Todas las demás providencias, salvo que la ley provea otra cosa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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