Etapa de coordinación para la atención inmediata del confinamiento. En esta etapa las entidades territoriales convocarán el CTJT, implementarán el plan de contingencia municipal, identificarán mediante listados censales existentes o aquellos que se construyan para la atención del evento a las poblaciones afectadas, dispondrán los recursos municipales para la atención en Ayuda Humanitaria Inmediata y programarán las intervenciones por parte de cada entidad.
De requerirse, activarán los mecanismos de apoyo subsidiario (departamento y Nación) y coordinarán acciones con las organizaciones y agentes humanitarios locales.
Cuando habiendo adelantado el CTJT se identifique no contar con la garantía de condiciones de seguridad para adelantar el proceso de atención o se haya evidenciado la necesidad de contar con alguno de los componentes de la Ayuda Humanitaria Inmediata y estos no hayan sido subsidiados por la autoridad departamental, la entidad territorial lo comunicará a la secretaría técnica del Comité Técnico de Articulación, de acuerdo con el artículo 2.2.6.7.2.2.5 del presente decreto.
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