Micelio

Artículo 3

De Toda Sentencia Condenatoria Se Enviaran A La Autoridad Respectiva Encargada De Ejecutar Las Penas, Dos Ejemplares De La Sentencia De Primera Instancia Y Dos De La Segunda Instancia

Decreto 75 de 1923 · Por el cual se crea una oficina dependiente de la Dirección General de Prisiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De toda sentencia condenatoria se enviaran a la autoridad respectiva encargada de ejecutar las penas, dos ejemplares de la sentencia de primera instancia y dos de la segunda instancia. Una copia quedará en la Penitenciaria o Cárcel respectiva, y la otra se remitirá por el primer correo a la Dirección Nacional de Prisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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