Micelio

Artículo 89

Los Auxiliares De Técnicos Tendrán Entre Otras Las Siguientes Funciones: A) Recibir Los Documentos Sobre Personería, Demandas De Impugnación Y Demás Que Corresponda Decidir Al Ministerio De Gobierno, Y Remitirlos Al Técnico Administrativo Si Fuere Del Caso; B) Promover, Asesorar Y Capacitar A La Comunidad; C) Promover, Asesorar Y Capacitar A La Comunidad; D) Asistir A Las Asambleas, Previa Delegación

Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los auxiliares de Técnicos tendrán entre otras las siguientes funciones

a)

Recibir los documentos sobre personería, demandas de impugnación y demás que corresponda decidir al Ministerio de Gobierno, y remitirlos al Técnico Administrativo si fuere del caso;

b)

Promover, asesorar y capacitar a la Comunidad;

c)

Promover, asesorar y Capacitar a la Comunidad;

d)

Asistir a las Asambleas, previa delegación. CAPITULO XV De la disolución y la liquidación de la Asociación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2851 de 1984