Llevarán estampillas por valor de cinco pesos, los documentos siguientes: 1º Los memoriales en que se declare ante la respectiva autoridad política que se va a publicar un periódico. 2º Los títulos profesionales que expidan los establecimientos de educación pública o privada.
Decreto 894 de 1915 →Vigente
Artículo 27
Llevarán Estampillas Por Valor De Cinco Pesos, Los Documentos Siguientes: 1º Los Memoriales En Que Se Declare Ante La Respectiva Autoridad Política Que Se Va A Publicar Un Periódico
Decreto 894 de 1915 · Orgánico del impuesto de papel sellado y timbre nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.