Micelio

Artículo 2

Sanción Legal

Ley 13 de 1888 · que define las Ordenanzas de las Asambleas y da reglas para su expedición, sanción y cumplimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° No es necesario que la ordenanza contenga ó expresen en sí mismas la pena ó castigo en que se incurre por violación, salvo por casos especiales que no estén determinados en el Código Penal de la República. Esta pena ó castigo es la que se llama sanción legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 13 de 1888