La amonestación en privado se hará de modo que el infractor recapacite sobre la falta cometida y acepte la convivencia de no reincidir en ella. La represión en público se hará con fines idénticos pero en audiencia celebrada en sitio a donde tenga libre acceso el público.
Decreto 1355 de 1970 →Vigente
Artículo 189
La Amonestación En Privado Se Hará De Modo Que El Infractor Recapacite Sobre La Falta Cometida Y Acepte La Convivencia De No Reincidir En Ella
Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.