Micelio

Artículo 4

O

Decreto 267 de 1967 · Por el cual se hace una declaratoria de calamidad pública

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o. Para completar la acción de los distintos organismos y establecimientos públicos y del Socorro Nacional en las zonas afectadas, el Gobierno apropiará una suma de quince millones de pesos ($15.000.000) en el presupuesto de la presente vigencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 267 de 1967