En los casos de afección de los huesos, articulaciones y vainas tendinosas, por: a) Fracturas
Sin complicaciones, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas;
Infectadas y acompañadas de síntomas que indiquen una infección generalizada, se hará el decomiso total de la canal y las vísceras. b) Osteomielitis: 1. Sin complicaciones, teniendo en cuenta el estado del animal podrá aprobarse la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas; 2. Gangrenosa o supurativa, acompañada de metástasis, se hará el decomiso total de la canal y las vísceras; c) Depósitos de pigmentos en huesos y periostio, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal y los huesos afectados; d) Artritis, incluida la tendinitis: 1. No infecciosa, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas. 2. Infecciosa aguda, se hará el decomiso total de la canal y las vísceras.
Artritis crónica, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas; e) Calcificación preesternal de los vacunos, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas; f) Osteofluorosis, se permite la aprobación de la canal y las vísceras y se hará el decomiso parcial de las partes de la canal afectadas y de la cabeza. En este caso la canal será deshuesada.