Micelio

Artículo 1

Decreto 1669 de 1956 · Por el cual se restablece un Dispensario

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto créase un dispensario dermatológico que tendrá su sede en la ciudad de Popayán con el personal de asignaciones mensuales que a continuación se expresan: 1 Médico visitador $ 1.000.00 1 Enfermera $ 250.00 1 Portero 200.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1669 de 1956