Micelio

Artículo 11

Son Funciones De La Junta Directiva: A) Formular La Política General De La Institución Y Aprobar Los Planes Y Programas Que Proponga El Director, Teniendo En Cuenta Los Fines Para Los Cuales Fue Creado Y Las Normas Del Gobierno; B) Estudiar Y Difundir Programas Que Promuevan El Mutuo Conocimiento Y Aproximación De Los Países Hispánicos Y La Defensa Del Idioma; C) Fomentar La Cooperación Cultural Y Científica ,con Los Países De Habla Española, Mediante El Impulso Y Asistencia A Aquellas Iniciativas Que Resulten Acreedoras De La Atención Del Instituto; D) Organizar Y Prestar Su Concurso, En Los Programas De Intercambio Cultural Que Puedan Establecerse Para La Formación Y Perfeccionamiento De Personas Colombianas, Españolas Y De Otros Países De Habla Hispana, Que Según Convenios Puedan Participar En Dichos Programas; E) Adoptar Los Estatutos Del Instituto Y Cualquier Reforma A Que A Ellos Se Introduzca, Sometiéndolos A La Aprobación Del Gobierno Nacional; F) Determinar La Estructura Interna De La Entidad, Y Asignarle Funciones A Cada Una De Las Dependencias; G) Adoptar La Planta De Personal Y Sus Reformas, Y Someterla A La Aprobación Del Gobierno Nacional; H) Aprobar El Reglamento Interno Del Instituto; I) Aprobar El Presupuesto Anual Del Instituto Y Autorizar Los Traslados, Reservas Y Demás Modificaciones A Que Hubiere Lugar En El Presupuesto De La Entidad, Según Las Disposicionesque Rigen La Materia; J) Autorizar Las Comisiones Al Exterior Del Director Y Demás Funcionarios Del Instituto, Con Sujeción A Las Disposiciones Legales Sobre La Materia; K) Autorizar O Aprobar Todo Acto O Contrato Cuya Cuantía Sea O Exceda De $ 506:000

Decreto 249 de 1981 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Colombiano de Cultura Hispánica.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Junta Directiva

a)

Formular la política general de la institución y aprobar los planes y programas que proponga el Director, teniendo en cuenta los fines para los cuales fue creado y las normas del Gobierno;

b)

Estudiar y difundir programas que promuevan el mutuo conocimiento y aproximación de los países hispánicos y la defensa del idioma;

c)

Fomentar la cooperación cultural y científica ,con los países de habla española, mediante el impulso y asistencia a aquellas iniciativas que resulten acreedoras de la atención del Instituto;

d)

Organizar y prestar su concurso, en los programas de intercambio cultural que puedan establecerse para la formación y perfeccionamiento de personas colombianas, españolas y de otros países de habla hispana, que según convenios puedan participar en dichos programas;

e)

Adoptar los estatutos del Instituto y cualquier reforma a que a ellos se introduzca, sometiéndolos a la aprobación del Gobierno Nacional;

f)

Determinar la estructura interna de la entidad, y asignarle funciones a cada una de las dependencias;

g)

Adoptar la planta de personal y sus reformas, y someterla a la aprobación del Gobierno Nacional;

h)

Aprobar el reglamento interno del Instituto;

i)

Aprobar el presupuesto anual del Instituto y autorizar los traslados, reservas y demás modificaciones a que hubiere lugar en el presupuesto de la entidad, según las disposicionesque rigen la materia;

j)

Autorizar las comisiones al exterior del Director y demás funcionarios del Instituto, con sujeción a las disposiciones legales sobre la materia;

k)

Autorizar o aprobar todo acto o contrato cuya cuantía sea o exceda de $ 506:000.00;

l)

Controlar el funcionamiento general del Instituto y verificar su conformidad con la política, adoptada;

m)

Examinar las cuentas y balances cada vez que lo estime conveniente;

n)

Fijar las tarifas de las publicacionesque se pagan en el Instituto, cuando así se requiera; ñ) Las demás que le asiginen las disposiciones legales y reglamentarias.

Parágrafo

La Junta Directiva podía delegar en el Director General las funciones contempladas en los literales b), o). d) y n) de este artículo. Director.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 249 de 1981