Micelio

Artículo 7

El Gobierno, De Acuerdo Con El Director Y La Junta Asesora De La Oficina De Rehabilitación Y Socorro, Reglamentará La Forma Como Estos Préstamos Puedan Ser Otorgados, Los Requisitos Que Deban Llenar Los Solicitantes Y La Forma De Vigilar La Inversión

Decreto 1725 de 1953 · Por el cual se crea la Oficina de Rehabilitación y Socorro

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Gobierno, de acuerdo con el Director y la Junta Asesora de la Oficina de Rehabilitación y Socorro, reglamentará la forma como estos préstamos puedan ser otorgados, los requisitos que deban llenar los solicitantes y la forma de vigilar la inversión.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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