Micelio

Artículo 10

Funciones Del Director Nacional: A) Cumplir Y Hacer Cumplir La Constitución, La Ley, Los Acuerdos, Reglamentos De La Esap, Las Decisiones Emanadas Del Consejo Directivo Nacional Y Del Consejo Académico Nacional; B) Presentar Al Consejo Directivo Nacional El Plan De Desarrollo De La Esap, Previo Concepto Del Consejo Académico Nacional; C) Dirigir, Coordinar Y Vigilar La Ejecución Del Plan De Desarrollo Aprobado Por El Consejo Directivo Nacional; D) Expedir Mediante Resoluciones Los Actos Administrativos; Adjudicar Y Suscribir Los Contratos Que Sean Necesarios Para El Cumplimiento De La Misión De La Escuela, Ajustándose A Las Disposiciones Legales Y Reglamentarias Vigentes; E) Proponer Al Consejo Directivo Nacional La Organización Interna De La Esap Y La Planta De Personal Requerida Para El Cumplimiento De Los Objetivos Institucionales; F) Presentar Para Aprobación Del Consejo Directivo Nacional El Proyecto De Presupuesto, Ejecutarlo Una Vez Aprobado, Someter A Su Consideración Las Modificaciones Presupuestales Y Rendir Informe Sobre La Ejecución; G) Actuar Como Ordenador Del Gasto; H) Nombrar Y Remover El Personal De La Escuela De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales, Estatutarias Y Reglamentarias Pertinentes, Y Ejercer Todas Las Funciones Relacionadas Con La Administración De Personal; I) Presentar Al Consejo Directivo Nacional, Para Su Aprobación Respectiva, El Régimen Académico, El Estatuto De Personal Docente Y El Reglamento Estudiantil, Previo Concepto Del Consejo Académico Nacional; J) Señalar Las Funciones De Los Cargos Correspondientes A La Planta De Personal Y Los Requisitos Para Su Desempeño; K) Autorizar Con Su Firma Los Diplomas, Actas De Grado, Títulos Y Certificados Que Expida La Esap; L) Presidir El Consejo Académico Nacional; M) Aplicar Las Sanciones Disciplinarias Que Le Correspondan Por Ley O Por Reglamento; N) Liderar Los Procesos De Planeación Y De Control De La Esap; Adoptar Las Medidas Y Proponer A Las Instancias Correspondientes Las Acciones A Que Haya Lugar; O) Delegar Las Funciones Que Estime Pertinentes De Acuerdo Con La Ley Y Los Estatutos; P) Presentar Anualmente Una Memoria De Gestión A Los Consejos Directivo Nacional Y Académico; Q) Adoptar Procedimientos Apropiados De Planeación Como Programación, Dirección, Ejecución, Evaluación Y Control De Las Actividades De La Institución; R) Velar Por La Conservación Y Acrecentamiento Del Patrimonio Económico, Científico, Pedagógico, Cultural Y Artístico De La Escuela; S) Solicitar Las Adiciones Y Los Traslados Presupuestales Que Se Requieren En El Curso De La Vigencia Fiscal; T) Procurar Por La Adecuada Recaudación, Administración E Inversión De Los Bienes Y Rentas De La Escuela; U) Las Demás Que Le Correspondan Conforme A Las Leyes, Los Estatutos Y Los Reglamentos De La Esap, Que No Estén Expresamente Atribuidas A Otras Autoridades De La Escuela, O Le Sean Delegadas Por El Consejo Directivo Nacional

Decreto 2083 de 1994 · por el cual se adecúa el estatuto básico de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Director Nacional

a)

Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los acuerdos, reglamentos de la ESAP, las decisiones emanadas del Consejo Directivo Nacional y del Consejo Académico Nacional;

b)

Presentar al Consejo Directivo Nacional el Plan de Desarrollo de la ESAP, previo concepto del Consejo Académico Nacional;

c)

Dirigir, coordinar y vigilar la ejecución del Plan de Desarrollo aprobado por el Consejo Directivo Nacional;

d)

Expedir mediante resoluciones los actos administrativos; adjudicar y suscribir los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de la misión de la Escuela, ajustándose a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes;

e)

Proponer al Consejo Directivo Nacional la organización interna de la ESAP y la planta de personal requerida para el cumplimiento de los objetivos institucionales;

f)

Presentar para aprobación del Consejo Directivo Nacional el proyecto de presupuesto, ejecutarlo una vez aprobado, someter a su consideración las modificaciones presupuestales y rendir informe sobre la ejecución;

g)

Actuar como ordenador del gasto;

h)

Nombrar y remover el personal de la Escuela de acuerdo con las disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias pertinentes, y ejercer todas las funciones relacionadas con la administración de personal;

i)

Presentar al Consejo Directivo Nacional, para su aprobación respectiva, el régimen académico, el estatuto de personal docente y el reglamento estudiantil, previo concepto del Consejo Académico Nacional;

j)

Señalar las funciones de los cargos correspondientes a la planta de personal y los requisitos para su desempeño;

k)

Autorizar con su firma los diplomas, actas de grado, títulos y certificados que expida la ESAP;

l)

Presidir el Consejo Académico Nacional;

m)

Aplicar las sanciones disciplinarias que le correspondan por ley o por reglamento;

n)

Liderar los procesos de planeación y de control de la ESAP; adoptar las medidas y proponer a las instancias correspondientes las acciones a que haya lugar;

o)

Delegar las funciones que estime pertinentes de acuerdo con la ley y los estatutos;

p)

Presentar anualmente una memoria de gestión a los Consejos Directivo Nacional y Académico;

q)

Adoptar procedimientos apropiados de planeación como programación, dirección, ejecución, evaluación y control de las actividades de la Institución;

r)

Velar por la conservación y acrecentamiento del patrimonio económico, científico, pedagógico, cultural y artístico de la Escuela;

s)

Solicitar las adiciones y los traslados presupuestales que se requieren en el curso de la vigencia fiscal;

t)

Procurar por la adecuada recaudación, administración e inversión de los bienes y rentas de la Escuela;

u)

Las demás que le correspondan conforme a las leyes, los estatutos y los reglamentos de la ESAP, que no estén expresamente atribuidas a otras autoridades de la Escuela, o le sean delegadas por el Consejo Directivo Nacional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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