° Las personas capturadas o las pruebas obtenidas en los allanamientos de que trata este Decreto, deberán ser puestas en un plazo no mayor de diez días, contados a partir del momento .de la captura o de la práctica de la diligencia de allanamiento; a órdenes del Juez Civil o Militar que fuere competente para conocer de la infracción en el momento en que ella haya sido cometida. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1417 de 1945 →Vigente
Artículo 6
Las Personas Capturadas O Las Pruebas Obtenidas En Los Allanamientos De Que Trata Este Decreto, Deberán Ser Puestas En Un Plazo No Mayor De Diez Días, Contados A Partir Del Momento
Decreto 1417 de 1945 · Por el cual se confieren algunas atribuciones al Director General de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.