Micelio

Artículo 6

Las Personas Capturadas O Las Pruebas Obtenidas En Los Allanamientos De Que Trata Este Decreto, Deberán Ser Puestas En Un Plazo No Mayor De Diez Días, Contados A Partir Del Momento

Decreto 1417 de 1945 · Por el cual se confieren algunas atribuciones al Director General de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las personas capturadas o las pruebas obtenidas en los allanamientos de que trata este Decreto, deberán ser puestas en un plazo no mayor de diez días, contados a partir del momento .de la captura o de la práctica de la diligencia de allanamiento; a órdenes del Juez Civil o Militar que fuere competente para conocer de la infracción en el momento en que ella haya sido cometida. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1417 de 1945