º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial .
Decreto 4495 de 2008 →Vigente
Artículo 3
Decreto 4495 de 2008 · por medio del cual se prorroga la vigencia del artículo 3° del Decreto 4676 de 2007, para la subpartida arancelaria 1005.90.11.00 correspondiente a maíz amarillo y se modifica el artículo 5° del Decreto 4300 del 13 de noviembre de 2008.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.