Micelio

Artículo 2

Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Adiciónase El Presupuesto De Gastos Del Fondo Vial Nacional De La Actual Vigencia En La Suma De Catorce Millones Ciento Setenta Y Seis Mil Quinientos Siete Pesos ($ 14

Decreto 2296 de 1979 · Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo Vial Nacional de la vigencia fiscal de 1979, en la cantidad de $ 14 176 507 62

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior adiciónase el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia en la suma de catorce millones ciento setenta y seis mil quinientos siete pesos ($ 14.176.507.62) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución: Presupuesto de Gastos. Inversión Directa. PROGRAMA 03 Estudios, construcción, reconstrucción y pavimentación de otras carreteras. Artículo 03. Construcción de otras carreteras $ 7.849.413.00 Proyecto 103. Puerto Salgar-Puerto Boyacá 589.380.00 Proyecto 104. Rectificación y pavimentación carreteras del norte del Tolima (Ibagué-Honda) en los sectores Alvarado-La Sierra - y La Sierra - Armero $ 7.260.033.00 Total Programa 03 $ 7.849.413.00 PROGRAMA 04 Plan de pavimentación de carreteras nacionales. Artículo 04. Plan de pavimentación nacional $ 1.636.708.26 Proyecto 17. Alvarado-Armero, Tolima 1.636 708 26 Total Programa 04 $ 1.636.708.26 PROGRAMA 06 Construcción y reconstrucción de accesos a ciudades y obras civiles. Artículo 06. Accesos a ciudades y obras civiles $ 1.348,902.72 Proyecto 52. Variante carretera Honda-Dorada 1.348.902.72 Total Programa 06 $ 1.348.902.72 PROGRAMA. 09 Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras, nacionales. Artículo 53. Resellos asfálticos $3.341.483.64 Proyecto 4. Espinal - Guamo - Castilla 1.687.131.60 Proyecto 30. Carretera Lérida - Armero 1.654.352.04 Total Programa 09 $ 3.341.483.64 Suma el Presupuesto de Gastos $ 14.176.507.62

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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