Micelio

Artículo 2

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Hacen parte de la Universidad Nacional los siguientes establecimientos: 1.° El Instituto Salesiano de Artes de Bogotá y los demás de su clase que el Gobierno establezca en la República; 2.° Las Escuelas de Artes y Oficios que se establezcan por cuenta del Gobierno; 3.° La Escuela de Bellas Artes; 4.° La Academia Nacional de Música; 5.° Los establecimientos de instrucción gratuita y secundaria existentes ó que se funden en los Departamentos, cuyas rentas estén administradas por entidades ó funcionarios de carácter oficial; 6º La Escuela de Minas existente en la ciudad de Medellín y las demás de su clase que se funden; 7º La Escuela de Veterinaria; 8º La Biblioteca Nacional; 9º El Museo Nacional; 10º. El Observatorio Astronómico; 11º Los demás establecimientos de instrucción secundaria ó profesional que se funden por el Gobierno con el fin de dar instrucción pública y gratuita. CAPÍTULO II. DEL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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