Micelio

Artículo 51

Corresponde Al Comité De Personal Conocer Las Reclamaciones Que Hagan Los Empleados Sobre Sus Condiciones De Trabajo, Sobre La Calificación De Sus Servicios Y Sobre Las Sanciones Disciplinarias, Cuando El Empleado Haya Incurrido En Hechos Que Conlleven Multas, Suspensiones O Destitución

Decreto 924 de 1976 · Por el cual se establece la estructura orgánica de la Contraloria General de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Comité de Personal conocer las reclamaciones que hagan los empleados sobre sus condiciones de trabajo, sobre la calificación de sus servicios y sobre las sanciones disciplinarias, cuando el empleado haya incurrido en hechos que conlleven multas, suspensiones o destitución.

Parágrafo

El Comité rendirá concepto al Contralor General de la República sobre los casos sometidos a su consideración y éste decidirá en definitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 924 de 1976