Micelio

Artículo 5

Decreto 2920 de 1981 · Por el cual se determinan los procedimientos, requisitos y criterios generales para las elecciones de delegados a las asambleas generales de las entidades sometidas a la acción del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto . De los requisitos . El Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas expedirá la correspondiente reglamentación, previo estudio de la solicitud escrita, que deberá contener

1.

El nombre del funcionario y la dependencia a la cual se dirige.

2.

La caridad en que obran quienes presentan la solicitud.

3.

Indicación del número total de socios hábiles de la entidad.

4.

Indicación del número total de socios hábiles en cada zona electoral.

5.

El sistema electoral acogido según lo dispuesto en el artículo noveno de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2920 de 1981