Micelio

Artículo 10

Ley 8 de 1970 · Por la cual se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones en materia tríbutaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Liquidadores del impuesto sobre la renta serán responsables por mala liquidación cuando, de acuerdo con la decisión definitiva de las reclamaciones interpuestas por los contribuyentes, hubieren violado manifiestamente las disposiciones sustantivas de la legislación tributaria. Esta responsabilidad se extenderá a quienes hubieren confirmado en la vía gubernativa la mala liquidación, y la reincidencia en ella por más de tres veces será causal de destitución del empleo.

Parágrafo

Los reglamentos precisarán el procedimiento que habrá de seguirse para imponer las sanciones que en este artículo se contemplan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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