Obras civiles principales. Para los efectos del
del artículo 5 de la Ley 56 de 1981 se entienden por obras civiles principales: A. Para centrales hidroeléctricas
La presa principal
El sistema de conducción del agua hasta la casa de máquinas
La casa de máquinas o sea el edificio que aloja los equipos generadores, denominada también caverna de máquinas en el caso de centrales subterráneas
Los túneles o conductos de descarga del agua turbinada desde la casa o caverna de máquinas hasta el río. B. Para centrales termoeléctricas: Las centrales térmicas son de dos tipos a saber: 1. Turbinas movidas por vapor y 2. Turbinas movidas por gas. En las del primer tipo las obras civiles principales están constituidas por el edificio principal que aloja los grupos turboalternadores y en las del segundo, están constituidas por las fundaciones en concreto para el soporte de los grupos turboalternadores. Se excluyen de la denominación de obras civiles principales, tanto en hidroeléctricas como en térmicas, las obras preliminares, auxiliares y secundarias, tales como los estudios, las vías de acceso a las obras principales, excavaciones, conducciones de los combustibles, línea de energía para la construcción, vivienda para el personal y todas las demás obras no descritas expresamente como obras civiles principales en este artículo. La licitación podrá hacerse para todas las obras civiles principales o para una o varias de ellas. La fecha para el pago del primer contado del que habla el
del artículo 5° de la Ley 56 de 1981, será la fecha de la apertura de la primera licitación, cuando las obras se liciten por partes. (Decreto 2024 de 1982, artículo 9°)