Abrese a la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934 el siguiente crédito adicional: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 17 Gastos varios. Artículo 37 bis. Para los gastos que ocasione el establecimiento de la cedula de ciudadanía de que trata la Ley 31 de 1929 y para reintegrar al Banco de la Republica la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50.000) que avanzó al Gobierno para esos mismos gastos$425.000
Ley 4 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Ley 4 de 1934 · POR LA CUAL SE ABRE UN CRÉDITO ADICIONAL AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA ACTUAL VIGENCIA Y SE DICTAN MEDIDAS PARA LA PREPARACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTOS.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.