° Desde la fecha del presente Decreto, el Ministerio de Obras Públicas asumirá la dirección y administración de las obras del edificio del hospital de Tunja. En consecuencia, el Ministerio recibirá de la Gobernación de Boyacá la Gobernación de Boyacá la obra con sus materiales, herramientas, equipo y demás elementos, mediante acta que suscribirá el Gobernador o el representante que él designe y la persona que al efecto comisiones la Dirección General de Edificios Nacionales.
Decreto 862 de 1943 →Vigente
Artículo 1
Desde La Fecha Del Presente Decreto, El Ministerio De Obras Públicas Asumirá La Dirección Y Administración De Las Obras Del Edificio Del Hospital De Tunja
Decreto 862 de 1943 · Por el cual el Ministerio de Obras Publicas asume la dirección y administración de las obras del Hospital de Tunja
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.