✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
La representación de que trata este parágrafo es un contrato en que el autor de una obra teatral o musical o sus causahabientes confían su representación pública a otra, persona o a una empresa, que se hace cargo de ella.
A falta de estipulación en contrario; la representación se sujeta a las reglas consignadas en los articulas siguientes.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.