Articulo 4º Los Oficiales que deseen adquirir prendas fuera de las que puedan obtener con los valores fijados en este Decreto podrán hacerlo mediante la consignación previa de su valor en la Contaduría Principal de la Dirección General del Ejercito.
Decreto 901 de 1951 →Vigente
Artículo 4
Los Oficiales Que Deseen Adquirir Prendas Fuera De Las Que Puedan Obtener Con Los Valores Fijados En Este Decreto Podrán Hacerlo Mediante La Consignación Previa De Su Valor En La Contaduría Principal De La Dirección General Del Ejercito
Decreto 901 de 1951 · Por el cual se fija la dotación anual de vestuario para los Oficiales del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.