Artículo primero. Delégase en el Ministro del Trabajo la facultada de nombrar y renovar libremente el personal a que se refiere el artículo 4° del Decreto 2082 de 11 de agosto del año de 1953.
Decreto 2214 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Del Decreto 2082 De 11 De Agosto Del Año De 1953
Decreto 2214 de 1953 · Por el cual se delega una facultad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.