Micelio

Artículo 1

Decreto 69 de 1958 · por el cual se modifican los artículos 52, 53, 54, 55 y 56 (De los hoteles), del Decreto número 1697 de julio 16 de 1936.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . El artículo 52 del Decreto, número 1697 de julio 16 de 1936 quedará así: "'Articulo 52. En los hoteles, pensiones y casas de inquilinato se llevará una tarjeta especial con numeración continua de cada una de las personas que se alojan en tales establecimientos, y en que consten los siguientes datos: fecha de alojamiento, nombre y apellido, cédula de ciudadanía o pasaporte, según sea nacional o extranjero la persona que solicita el alojamiento, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio o dirección ciudad de donde venga y hacia donde se dirija".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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