Micelio

Artículo 11

Decreto 18710629 de 1871 · En ejecución de la lei de 9 de junio último, sobre protección a los inmigrantes extranjeros

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. Encárgase a los Ministros diplomáticos i Cónsules de la República en el estranjero con el objeto de dar de tiempo en tiempo informes detallados a la Secretaría de Hacienda i Fomento: 1.° Estudiar detenidamente, por medio de consultas con personas relacionadas con la emigracion hacia el esterior, qué clase de alicientes, naturales o lejislativos, pudieran determinar alguna corriente de buena inmigracion hacia nuestro pais; 2.° Estudiar los sistemas agrícolas del pais en que residen, bajo el punto de vista de las relaciones entre los propietarios de la tierra i los capitalistas con los arrendatarios, colonos, jornaleros i demas dependientes, en lo relativo a contratos, duracion de éstos, obligaciones respectivas, distribucion de los productos, empleo de capital en los trabajos, condiciones del contrato de concierto, distribucion de los diversos trabajos entre diversos trabajadores &.ª &.ª 3.° Estudiar detenidamente qué circunstancias determinan la emigracion i cuáles la eleccion del pais a que los emigrantes se dirijen; 4.° Estudiar qué influencia tienen en le emigracion i en la eleccion de nueva patria el idioma, la relijion, las instituciones políticas, los climas i la seguridad o inseguridad del estado social; 5.° Estudiar en qué forma se organizan las diversas emigraciones para el efecto de costear lo gastos de viaje i proveer a la subsistencia de los primeros dias en el pais a que se dirijen; 6.° Averiguar qué tasa de jornales exijirian en los climas frios de la sabana trabajadores estranjeros que conozcan el manejo del arado perfeccionado, del rastrillo, del cultivador, la fabricacion de quesos i mantequilla, la ceba de ganado en establos, el empleo de abonos para las tierras i otros trabajos semejantes; 7.° Averiguar si hai emigracion de personas que con algun capital vengan a cultivar la tierra en calidad de arrendatarios o trabajadores en participacion; 8.° Estudiar la emigracion del pais en que residen, estendiéndose al empleo que esa emigracion adopte en el pais a que se dirije, i de los alicientes e incentivos que ofrecen diversos paises de América, Asia i Australia para atraer los emigrantes.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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